Pedro Sánchez ha prohibido los <<actos religiosos» al aire libre. Al parecer la prohibición lo es principalmente para los actos católicos: la Policía ha recibido órdenes para no disolver los rezos musulmanes que se celebran en las calles en caso de que «resulte problemático el desalojo» de los participantes.
La normativa del Gobierno prohíbe los actos religiosos al aire libre: procesiones, romerías o cualquier otro acto que se quiera practicar en la calle o en un camino. Al mismo tiempo, la propia norma señala que si esa misma gente decide congregarse hasta sumar un colectivo de 200 personas para, en vez de participar en un acto religioso, disfrutar de un concierto, podrá hacerlo.
Concretamente, indica: <<Artículo 9. Lugares de culto. 1. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y que se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias»>, en referencia a los actos dentro de las Iglesias. Pero añade que «no se podrá utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de actos de culto>>
Es más, si ese mismo acto religioso lo desarrollan musulmanes, una orden trasladada a la Policía señala que «<los actuantes valorarán la conveniencia de que finalice el rezo en aras a evitar posibles desórdenes». Resultado: la prohibición queda, básicamente, para todas las religiones excepto la musulmana.
Esto es escandaloso y constituye una terrible discriminación violatoria de Constitución de nuestro país en varios sentidos.
El pasado lunes, la policía impidió el rezo en la calle Ferraz a un grupo de creyentes católicos. La represión tuvo su argumento en que el delegado del gobierno en Madrid, Francisco Martin Aguirre, lo había prohibido.
Por si esto fuera poco, además procedieron a esposar y llevarse a una señora mayor y a su hijo por el simple hecho de protestar y tratar de rezar de forma silenciosa y pacífica en Calle Ferraz.
Esto indudablemente se trata de un atropello a la libertad religiosa que garantiza nuestra Constitución, que en su art. 16 establece que todos tenemos derecho a la libertad ideológica y religiosa y a manifestarla públicamente como nos parezca oportuno.
Además, también ataca el derecho de reunión y manifestación reconocido en el art. 21 de la Constitución, que señala que no es necesaria autorización previa.
Desde El Club de los Viernes insistimos en que es inaceptable la discriminación por motivos religiosos, ya que esto no es una defensa particularmente al culto católico que es el más perjudicado en esta ocasión, sino a la libertad de religión, ideología y pensamiento que establece ni más ni menos que nuestra Constitución al igual que la de todos los países del mundo libre.
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