Nos encontramos ante una actuación que vulnera el derecho a la propiedad privada consagrado por la Constitución, y que sin embargo tiene una respuesta legal tan lasa que en la práctica genera indefensión en los perjudicados.
El estado de derecho ha de basarse en la garantía de los documentos, contratos y registros públicos qué fehacientemente determinan quién es el propietario y el derecho al uso de un bien en este caso una vivienda.
Mientras según nuestra legislación el uso de un bien por quien no es su propietario sin su permiso se considera incluido en un supuesto con responsabilidad penal, y es perseguido generalmente de oficio, cuando nos encontramos ante el caso de las ocupaciones, no solo es relativamente consentido, sino que además en caso de denuncia se requiere a los denunciantes requisitos que a veces no pueden aportar. Como cuando la denuncia la realizan las comunidades de vecinos o los mismos vecinos que no se pueden formalizar al no ser los propietarios del bien aunque sufran las consecuencias de la ocupación.
No es admisible que haya discriminaciones entre quién es el titular de la propiedad o si el citado titular tiene uno o más bienes de este tipo, Cómo está sucediendo en la actualidad omitiendo el derecho a la propiedad es un derecho básico y en ningún modo cuantitativo.
No es admisible que formaciones políticas o sociales mantengan un discurso contrario a la legalidad sin que esto tenga consecuencias. Como en cualquier otro caso de apología de un delito esto debe ser perseguido y castigado de forma adecuada.
Solicitamos que se establezca dentro del Código Penal la figura delictiva de ocupación Con castigos proporcionales a la reincidencia en el delito.
La denuncia debe generar de una forma inmediata la actuación pública para corregir la situación sin dilaciones innecesaria.
Se debe permitirse cursar las denuncias por parte, cómo no, del propietario pero también De las comunidades, asociaciones de vecinos y vecinos cercanos que muchos Jesús resultan afectados por efectos indeseables que genera la ocupación.
Los desalojos se deben realizar de forma inmediata con identificación de todos los adultos que hayan participado en la misma.
Se deben establecer tipos agravados de penas para las mafias y organizaciones criminales que realice estas actuaciones de forma organizada.
Se deben establecer castigos proporcionales para organizaciones cierra apología de estos actos delictivos tanto a nivel organizativo como a nivel individual.
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